lunes, 2 de febrero de 2015

DEMENCIA, ALZHEIMER, ¿Que puedo hacer para ayudarle si no se deja?


   Quería hablaros de las personas mayores que tienen problemas como alzheimer o demencia senil; esas personas que durante todas sus vidas han llevado una vida normal, relacionándose con sus familiares y amigos de forma normal, hasta que llega un día, en que comienzan a olvidar cosas tan importantes como: Tomar la medicación o asearse, vestirse; se obsesionan con situaciones que creen amenazadoras pero en realidad son imaginarias, incapacidad de toma de decisiones para manejar su persona y asuntos económicos.

    Todo esto puede provocar, situaciones peligrosas en la vida del paciente como: dejarse el gas encendido, no llevar adecuadamente su medicación, alimentación inadecuada, compras compulsivas, creer que le roban, desconfianza en todos los que le rodean… en definitiva, comienzan a tener comportamientos anormales, que les perjudica a ellos y a todos los seres queridos que tienen a su alrededor.



    Estamos hablando de un problema serio, muy serio, en cuanto a las consecuencias físicas, psíquicas y familiares que acarrean estas enfermedades, aunque estos problemas no nos corresponde a nosotros tratarlas, si hay una parte importante, que nos ayudará a poder controlar todas las situaciones que se derivan de estas enfermedades desde un punto de vista jurídico.

    Hay personas que comienzan a tener demencia senil (no es necesario que sea una persona mayor, también se puede dar una enfermedad de este tipo en gente joven) o alzheimer, pero no quieren reconocer que están enfermos y por lo tanto no quieren someterse a la ayuda y cuidados de sus familiares o profesionales que puedan tratar estas enfermedades, por lo tanto sus familiares, van a tener que intervenir para poder protegerles contra su voluntad.

    A estas personas es muy fácil engañarlas y aprovecharse de su situación. Hay numerosos casos, en los que son estafadas y  engañadas dejándoles casi en la indigencia, con la impotencia que supone para sus seres queridos, pues estos enfermos están en disposición de comprar, vender, donar, todos sus bienes a quienes quieran.

    Bien, pues si te reconoces en alguna de estas situaciones o similares, os aconsejo que sigáis leyendo y que toméis las siguientes medidas:



Para todos estos casos tan conflictivos, puede ser necesaria la INCAPACITACION.

¿En qué consiste la incapacitación?

    A los efectos de guardar los intereses de estas personas tan vulnerables, es necesario que otras asuman la responsabilidad por ellos, y para ello, hay que declarar legalmente la incapacidad de estas personas y nombramiento de un tutor legal, que asumirá todas las facultades para administrar y velar por los intereses del incapacitado.

¿Qué es necesario para poder declarar a una persona incapaz?

     Para poder declarar a la persona incapaz, es necesario que se inicie un procedimiento judicial, y que sea un juez el que lo decida. 

    Cuidado, esto no quiere decir que tengas que denunciar a demandar a tu padre, madre o familiar para obtener la incapacitación, solo es una solicitud que la familia realiza ante un juez para poder protegerle, de personas que pueden querer aprovecharse de ellas por su situación y sobre todo, para poder protegerlas de sí mismas.

¿Como lo hago?

    Lo primero que hay que hacer es: poner esta situación en conocimiento de un abogado, para que te asesore jurídicamente de los pasos a seguir dependiendo de cada situación. Si se considera necesaria la incapacitación, los siguientes pasos a seguir son:

        1. Deberás contratar a un abogado y procurador, para que se inicie el procedimiento judicial de incapacidad.

           2. ¿Quién puede solicitar ante un Juez la Incapacidad? Puede solicitar la incapacidad el cónyuge (marido o esposa), hijos, padres o hermanos del presunto incapaz.

               Pero cuidado, si eres vecino, amigo…etc, de una persona que está en esta situación, también puedes ayudarle, denunciando la situación, (ocurre con personas que están solas) y será el Fiscal el que solicite la incapacidad de esta persona.

          3. Se solicitará un dictamen pericial médico, y se llamará a declarar a los familiares para preguntarles, sobre posibles situaciones que se hayan dado y que determinen, que esta persona no tiene capacidad para gobernar su vida, y de ser así, quién creen que es la persona más idónea para asumir las funciones de tutor.

         4. El juez, dictará sentencia acordando el grado de incapacidad de esta persona, quién va a ser su tutor, y si va a ser necesario su internamiento en un centro (a veces es necesario su internamiento en centro psiquiatrico o residencia).

           5. Una vez nombrado el tutor, éste va a tener unas funciones que desempeñar y son:

  •     Está obligado a defender y velar los intereses del incapacitado, además va a estar sometido a un control por el juez.
  •       Tendrá que hacer inventario de los bienes del incapaz,      en los primeros 60 días desde la sentencia de incapacitación y presentarlo al Juez.
  •       Tendrá que rendir cuentas al Juez anualmente,      presentando un informe sobre la situación de la persona incapaz y de su patrimonio.
  •     Y  siempre va a ser necesaria la autorización del juez,      para los casos en que sea necesario vender o comprar bienes del incapaz.
    Si os encontráis en situaciones como las descritas, os recomiendo que valoréis estos consejos y que de ser necesario, toméis las medidas descritas lo antes posible, por que es la única manera de proteger a nuestro familiar, de situaciones futuras insalvables.

Y para terminar y como el mejor consejo que os puedo dar: "más vale prevenir, que curar"

Feliz semana!!


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