¿Has recibido la carta de despido de
tu empresa? ¿Piensas que en breve tu empresa procederá a despedir
trabajadores, y es posible que estés en los candidatos? Te damos
algunas ideas clave, para qué sepas que hacer en cada momento.
- LA CARTA DE DESPIDO.
En primer lugar
recibirás una carta de despido, donde se te comunica las causas (si
es por motivos económicos, si es improcedente, si es
disciplinario…). Te pedirán que la firmes como que la has
recibido, o en caso contrario dos testigos firmarán en tu lugar.
Si crees que la
causa del despido es correcta (por ejemplo, sabes que la empresa
atraviesa un mal momento económico y va a cerrar,…)puedes firmar.
En cambio, si no tienes del todo claro o no estás de acuerdo con las
causas, puedes firmar, PERO junto a la firma escribe en letras
mayúsculas “NO CONFORME”.
Has de tener en cuenta que siempre
te han de preavisar con 15 días de antelación, por lo que el
despido normalmente será efectivo, quince días después de la fecha
de la carta. A partir de esa fecha, empieza tu plazo para actuar.
Si la empresa te abona los
salarios mes a mes, te paga la indemnización y consideras que es
correcta, no habría que dar ningún paso más, aunque siempre es
conveniente consultar con un asesor legal para comprobar si es
correcto lo que te van a pagar.
En caso contrario, debemos empezar con
la Conciliación.
- LA CONCILIACIÓN CON LA EMPRESA.
Ahora tienes que
presentar una papeleta de conciliación en el Servicio de Mediación,
Arbitraje y Conciliación de la ciudad donde está la empresa, o en
la tuya, pero indicar la dirección de la empresa, para que vaya al
organismo que le toca. El Servicio de Mediación, Arbitraje y
Conciliación es lo que llamamos popularmente SMAC.
Tienes VEINTE DIAS
HÁBILES (es decir sin contar fines de semana ni días festivos), si
no estás de acuerdo con el tipo de despido que te han hecho, y un
plazo de UN AÑO, si sólo deseas reclamar cantidades.
Puedes presentar
esta papeleta por ti mismo, ya que allí te facilitan los impresos
para rellenarlo y presentarlo, o acudir a un abogado/graduado social
para ello.
Una vez presentada
la papeleta, nos señalarán fecha y hora para la conciliación. El
SMAC os citará a la empresa y a ti, para que acudáis el día
señalado.
La finalidad de
esta conciliación es que llegues a un acuerdo con la empresa sobre
cantidades que te deban de indemnización, finiquito, nóminas
pendientes….
-Si se llega a un
acuerdo, y la empresa se compromete al pago inmediato, se dicta un
acta CON AVENENCIA, que quiere decir que hay acuerdo entre los dos.
-Si no llegáis a
ningún acuerdo con la empresa, o entiendes que se van a demorar en
pagar, lo más conveniente es que se dicte un ACTA SIN AVENENCIA,
para poder ya reclamar directamente ante el Juzgado.
-Si la empresa no
acudiera a la conciliación, se dictaría un acta SIN EFECTO, e
igualmente podrías ya reclamar en el Juzgado.
OJO! Debes saber
una cosa! En caso de que llegues a un acuerdo en la conciliación,
intenta que la empresa te abone las cantidades que te toquen allí
mismo, o días después mediante transferencia bancaria o talón. Si
la empresa incumpliera en el pago, a pesar de haber llegado a un
acuerdo, no podrías reclamar el 40% de las cantidades que te
corresponden al FOGASA, puesto que ya habrías firmado un acuerdo con
la empresa. Por lo tanto, asegúrate bien de la forma en que te
pagarán.
- LA DEMANDA EN EL JUZGADO DE LO SOCIAL.
En este caso, sí
te recomendamos seas asesorado y defendido por un abogado o graduado
social. Si no tienes medios suficientes para pagar los honorarios de
uno particular, también puedes solicitar uno de oficio, pero siempre
asegúrate que lo solicitas dentro de los VEINTE DÍAS HÁBILES
después del despido (si vas a reclamar contra el despido), o de UN
AÑO (si solo reclamas cantidades, y estás conforme con el tipo de
despido).
Es muy importante
que conozcas estos plazos para que no pierdas la oportunidad de poder
actuar.
El letrado
preparará una demanda, que firmaréis los dos, y se presentará en
el Juzgado de lo Social de la ciudad donde está la empresa. Al poco
tiempo de haber presentado la demanda, recibirá tu abogado una carta
con la citación para el juicio, donde pondrá el día y la hora.
Has de saber que
por acumulación de asuntos, es posible que tarde en celebrarse el
juicio. Muchos Juzgados señalan para una media de un año, así que
no te has sorprender si te encuentras en esta situación.
Es muy posible que
la empresa en los meses anteriores al juicio, o poco antes de
celebrarse, quieran llegar a un acuerdo. En caso de que estéis las
dos partes conformes, y lleguéis a un acuerdo, el Secretario
Judicial del Juzgado que os toque, dictará un acta con el acuerdo.
En caso de que la empresa incumpliera, podrás ejecutar ese acuerdo.
Si no hay acuerdo
entre las partes, se celebrará el juicio, y días después
recibiréis la sentencia. Si no estás de acuerdo con la sentencia,
puedes recurrirla.
- LA EJECUCIÓN
En caso de que la
sentencia se dictara a tu favor, pero la empresa no te abonara las
cantidades que te tocan, habla con tu letrado para solicitar la
ejecución de la sentencia. En este proceso, el Juzgado obliga a la
empresa a abonarte las cantidades que pongan en la sentencia,
llegando incluso a embargar bienes y cuentas de la misma, para que
puedas cobrar lo que te corresponde.
Para
finalizar…DEBES SABER:
- Además de la carta de despido, han de facilitarte el certificado de empresa, con el que debes ir a la Oficina de Empleo, a darte de alta para poder cobrar el desempleo. Tienes para ello QUINCE DÍAS desde la fecha del despido.
- En caso de que la empresa se encuentre con graves problemas económicos o próxima a cerrar, tienes derecho a solicitar del FOGASA el 40% de las cantidades que te deba la empresa. Puedes solicitar esto ante el FOGASA con unos impresos que puedes rellenar tu mismo y aportando los documentos que te pidan, o bien, demandar en el Juzgado conjuntamente a la empresa y al FOGASA a la vez.
Aunque es un tema
del que podríamos hablar y hablar….esperamos haberos dado algunas
ideas clave de vuestros derechos. No dudéis en consultarnos
cualquier cosa, ya sea por comentario en este blog, en nuestros
correos electrónicos o en el teléfono que indicamos más arriba.
FELIZ SEMANA!!!!!!!!!!!!!!!!!