Todos
alguna vez hemos oído alguna vez esta expresión, incluso en las
películas.
Cuando
una persona necesita un abogado, y no tiene suficientes recursos como
para poder pagar uno, o sencillamente no conoce a ninguno, se le
sugiere que solicite
un
abogado de oficio. Pero realmente ¿sabemos lo que significa?
¿Qué
es un abogado de oficio?
En
primer lugar, debemos quitarnos de la cabeza esas ideas acerca de
que los abogados de oficio son de menor calidad que los abogados de
los despachos privados.
Para
empezar, los abogados del Turno de Oficio son abogados con su propio
despacho, que al igual que llevan asuntos privados, lo compaginan con
los asuntos que vienen designados por Consellería.
Para
poder ser abogado de oficio, no basta con ser Licenciado en Derecho y
ejercer la abogacía, también se le exige desde hace muchos años
tener superada una formación en la Escuela de Práctica Jurídica,
que actualmente dura dos años o el Máster en Abogacía. Y desde el
2005, se exige además de haber superado dichos estudios, haber
superado unos exámenes de capacitación homologados por el Consejo
General de la Abogacía Española.
Por
lo que cualquier Licenciado en Derecho, no puede ser abogado de
oficio. Por tanto, quitarnos de la cabeza cualquier idea
asociada a “no son abogados buenos o no son de calidad”, porque
solamente para entrar al Turno de Oficio, se les exige mucha
formación.
¿Cómo
puedo pedir un abogado de oficio?
→
En caso de encontrarnos
detenidos en Comisaría, la Guardia Civil nos leerá nuestros
derechos y nos explicará que tenemos derecho a un abogado de oficio.
Si no conocemos ninguno o no podemos pagarlo, lo diremos en ese
momento, y ellos llamarán a uno, para que acudan a asistirnos
durante la detención en la Comisaría.
→
Si eres víctima de
violencia de género, en el momento de interponer una denuncia, en
Comisaría también te informarán de tu derecho a designar un
letrado de oficio.
-->Si
queremos presentar una reclamación de dinero, una demanda de
divorcio, modificación de medidas respecto a la custodia de los
hijos,...también podemos solicitarlo. En los Juzgados hay una
delegación del Colegio de Abogados, o un servicio llamado S.O.J.
(Servicio de Orientación Jurídica), donde cogiendo turno, nos
informarán de la documentación que tenemos que presentar y los
requisitos.
→
Si hemos recibido una
demanda o cualquier tipo de asunto judicial que requiera una
contestación que necesite abogado y/o procurador, acudiremos a los
sitios mencionados antes para que nos suspendan el plazo para
contestar hasta que nos hayan designado un abogado de oficio.
¿
Y quién paga al abogado de oficio?
Para
saber si tenemos que pagar o no a un abogado de oficio, nos enviarán
una carta, una vez solicitemos el abogado, diciéndonos si tenemos
derecho a la asistencia jurídica gratuita o no, es decir si le
pagará Consellería, o por el contrario, si por nuestro nivel de
ingresos o de bienes, tenemos que pagarle nosotros.
En
caso de que nos llegue una carta negativa, denegando ese derecho,
debemos saber que lo podemos recurrir. Pero si vuelve a salir una
resolución negativa, deberemos abonar los honorarios del letrado.
En
caso de que nos llegue una carta positiva, diciendo que se nos
ha concedido la asistencia jurídica gratuita, quiere decir
que Consellería pagará los honorarios de ese abogado.
En
caso de víctimas de violencia de género, en
el momento que interpongan una denuncia, una querella, o se abra un
procedimiento judicial de violencia de género, automáticamente se
le concede a la víctima el derecho a la asistencia jurídica
gratuita, es decir se le asigna un abogado de manera gratuita.
Eso
si, en caso de que en el proceso judicial saliera sentencia
absolutoria al agresor (es decir que no se le declarara culpable), sí
tendría que abonar los honorarios del abogado en caso de que tuviera
suficientes recursos para pagarlo.
¿También
tengo derecho a un procurador de oficio?
Por
supuesto, al igual que solicitas un abogado de oficio, podrás
solicitar un procurador en aquellos procesos judiciales en los que
sea necesario.
¿Dónde
me atiende mi abogado de oficio?
Normalmente
te citará en su despacho para la primera toma de contacto y que te
explique tus derechos. Si no es en su despacho, también te puede
atender en los despachos que pone a vuestra disposición el Colegio
de Abogados en cualquier delegación, o incluso dependiendo del
asunto, que sea en el mismo Juzgado donde tenga lugar la reunión con
él o ella.
Si
necesitas más información sobre los papeles a presentar y
requisitos...
En
esta página web del Colegio de abogados está la información
necesaria, así como los documentos con los requisitos.
Esperamos
poder haber sido de ayuda, no dudéis en contactar con nosotras para
cualquier duda, sugerencia o comentario.
¡¡¡FELIZ
SEMANA!!!!