martes, 7 de octubre de 2014

¡ NECESITO UN ABOGADO DE OFICIO!


Todos alguna vez hemos oído alguna vez esta expresión, incluso en las películas.

Cuando una persona necesita un abogado, y no tiene suficientes recursos como para poder pagar uno, o sencillamente no conoce a ninguno, se le sugiere que solicite
un abogado de oficio. Pero realmente ¿sabemos lo que significa?


¿Qué es un abogado de oficio?

En primer lugar, debemos quitarnos de la cabeza esas ideas acerca de que los abogados de oficio son de menor calidad que los abogados de los despachos privados.




Para empezar, los abogados del Turno de Oficio son abogados con su propio despacho, que al igual que llevan asuntos privados, lo compaginan con los asuntos que vienen designados por Consellería.

Para poder ser abogado de oficio, no basta con ser Licenciado en Derecho y ejercer la abogacía, también se le exige desde hace muchos años tener superada una formación en la Escuela de Práctica Jurídica, que actualmente dura dos años o el Máster en Abogacía. Y desde el 2005, se exige además de haber superado dichos estudios, haber superado unos exámenes de capacitación homologados por el Consejo General de la Abogacía Española.

Por lo que cualquier Licenciado en Derecho, no puede ser abogado de oficio. Por tanto, quitarnos de la cabeza cualquier idea asociada a “no son abogados buenos o no son de calidad”, porque solamente para entrar al Turno de Oficio, se les exige mucha formación.

¿Cómo puedo pedir un abogado de oficio?

En caso de encontrarnos detenidos en Comisaría, la Guardia Civil nos leerá nuestros derechos y nos explicará que tenemos derecho a un abogado de oficio. Si no conocemos ninguno o no podemos pagarlo, lo diremos en ese momento, y ellos llamarán a uno, para que acudan a asistirnos durante la detención en la Comisaría.

Si eres víctima de violencia de género, en el momento de interponer una denuncia, en Comisaría también te informarán de tu derecho a designar un letrado de oficio.

-->Si queremos presentar una reclamación de dinero, una demanda de divorcio, modificación de medidas respecto a la custodia de los hijos,...también podemos solicitarlo. En los Juzgados hay una delegación del Colegio de Abogados, o un servicio llamado S.O.J. (Servicio de Orientación Jurídica), donde cogiendo turno, nos informarán de la documentación que tenemos que presentar y los requisitos.

Si hemos recibido una demanda o cualquier tipo de asunto judicial que requiera una contestación que necesite abogado y/o procurador, acudiremos a los sitios mencionados antes para que nos suspendan el plazo para contestar hasta que nos hayan designado un abogado de oficio.




¿ Y quién paga al abogado de oficio?

Para saber si tenemos que pagar o no a un abogado de oficio, nos enviarán una carta, una vez solicitemos el abogado, diciéndonos si tenemos derecho a la asistencia jurídica gratuita o no, es decir si le pagará Consellería, o por el contrario, si por nuestro nivel de ingresos o de bienes, tenemos que pagarle nosotros.

En caso de que nos llegue una carta negativa, denegando ese derecho, debemos saber que lo podemos recurrir. Pero si vuelve a salir una resolución negativa, deberemos abonar los honorarios del letrado.

En caso de que nos llegue una carta positiva, diciendo que se nos ha concedido la asistencia jurídica gratuita, quiere decir que Consellería pagará los honorarios de ese abogado.

En caso de víctimas de violencia de género, en el momento que interpongan una denuncia, una querella, o se abra un procedimiento judicial de violencia de género, automáticamente se le concede a la víctima el derecho a la asistencia jurídica gratuita, es decir se le asigna un abogado de manera gratuita.

Eso si, en caso de que en el proceso judicial saliera sentencia absolutoria al agresor (es decir que no se le declarara culpable), sí tendría que abonar los honorarios del abogado en caso de que tuviera suficientes recursos para pagarlo.


¿También tengo derecho a un procurador de oficio?

Por supuesto, al igual que solicitas un abogado de oficio, podrás solicitar un procurador en aquellos procesos judiciales en los que sea necesario.

¿Dónde me atiende mi abogado de oficio?



Normalmente te citará en su despacho para la primera toma de contacto y que te explique tus derechos. Si no es en su despacho, también te puede atender en los despachos que pone a vuestra disposición el Colegio de Abogados en cualquier delegación, o incluso dependiendo del asunto, que sea en el mismo Juzgado donde tenga lugar la reunión con él o ella.

Si necesitas más información sobre los papeles a presentar y requisitos...



En esta página web del Colegio de abogados está la información necesaria, así como los documentos con los requisitos.

Esperamos poder haber sido de ayuda, no dudéis en contactar con nosotras para cualquier duda, sugerencia o comentario.

¡¡¡FELIZ SEMANA!!!!












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